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COVID – 19

COVID – 19

inpacto
16 de noviembre de 2021

Se declaró el Estado de Emergencia Nacional a consecuencia del brote de la pandemia COVID19 (coronavirus). Mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM.

Estado de Emergencia Nacional

Mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, de fecha 15 de marzo de 2020 se declaró el Estado de Emergencia Nacional.

Debido a las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote de la pandemia COVID – 19 (coronavirus), se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena).

Prorrogándose así dicha medida mediante Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, de fecha 27 de marzo de 2020, hasta el día 12 de abril de 2020.

Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y Decreto Supremo N° 051-2020-PCM

En virtud de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, se configura la causal de fuerza mayor prescrita en el artículo 1315° del Código Civil.

Por lo que, en concordancia con el artículo 19° de la Ley de Conciliación – Ley N° 26872,  segunda disposición complementaria final del Decreto de Urgencia N° 026-2020 y artículo 28° del Decreto de Urgencia N° 029-2020, aplicables supletoriamente.

En razón a la imposibilidad de realizarse las audiencias de conciliación extrajudicial a consecuencia del brote de la pandemia COVID19 (coronavirus), corresponde suspender el procedimiento, plazos y las audiencias de conciliación programadas durante el periodo comprendido entre el 16 de marzo de 2020 al 12 de abril de 2020.

Para efectos del procedimiento y plazos de la audiencia de conciliación a la que hacen referencia los artículos 11° y 12° de la Ley de Conciliación – Ley N° 26872, reglamento y modificatorias.

Centro de conciliación extrajudicial Inpacto resuelve:

Conforme a lo antes expuesto.

A fin de evitar futuras nulidades y perjuicio a las partes, corresponde dejar sin efecto las convocatorias a conciliar que se efectuaron para cada expediente.

Asimismo, cuando termine el periodo de cuarentena, se debe proceder a reprogramar las mencionadas audiencias y poner en conocimiento tanto del solicitante y del invitado.

Si tuvieran alguna duda sobre el particular, estaremos gustosos de absolver sus dudas a nuestros números de contacto:

Tlf. 924 328 238 y 587 5711

O escribirnos al siguiente correo electrónico:

info@centroconciliacioninpacto.net