Desde el inicio del estado de emergencia por la pandemia producto de la Covid-19, se establecieron canales alternativos para que las personas pudieran conciliar. Tal es el caso del Servicio de Conciliación Virtual Lima, cuyo objetivo sigue siendo llegar a un acuerdo, pero sin la necesidad de acudir al establecimiento.
En tal sentido, establecer las reglas sobre la tenencia y régimen de visitas a través del Servicio de Conciliación Virtual Lima también forma parte de los requisitos para el divorcio notarial.
Las materias conciliables son las siguientes:
- Conciliación familiar para hijos nacidos dentro del matrimonio
- Conciliación para hijos extramatrimoniales reconocidos por ambos padres y de aquellos cuya paternidad no haya sido reconocida ni declarada judicialmente.
- Pensión de alimentos
- Régimen de visitas
Para el Servicio de Conciliación Virtual Lima es necesario verificar el correo electrónico que proporcionan ambas partes y para ello se realiza una llamada al número telefónico registrado en la solicitud de conciliación y así confirmar que los datos sean los correctos.
En tal sentido, en caso no se pueda realizar la verificación del teléfono ni del correo electrónico de las partes involucradas, automáticamente pasa de ser un Servicio de Conciliación Virtual a uno presencial.
De acuerdo a ley, una vez notificado el Servicio de Conciliación Virtual Lima, los involucrados cuentan con dos días hábiles para indicar si aceptan o si prefieren que el proceso se lleve a cabo de forma presencial.
Para realizar el Servicio de Conciliación Virtual, es requisito indispensable que el Centro de Conciliación cuente con una plataforma digital que permita grabar la sesión.
Uno de los beneficios más importantes al elegir el Servicio de Conciliación Virtual Lima es la posibilidad de conciliar con personas que se encuentren en otras provincias o incluso otros países ya que no es necesario que vengan ni que se les otorgue poderes a terceras personas para que los puedan representar.